CONVOCADO EL CABILDO DE ELECCIONES DE LA HERMANDAD DE LA SOLEDAD

Se celebrará el 24 de junio en el salón del convento de Santa Rosalía.

Pulse aquí para acceder a la solicitud de voto por correo.

El Cabildo de Oficiales de la Hermandad Sacramental de la Soledad de San Lorenzo, en su reunión del pasado día 14 de abril de 2021, aprobó las siguientes medidas para iniciar el proceso electoral:

-Se convoca CABILDO DE ELECCIONES a celebrar el jueves 24 de junio de 2021, en el salón del convento de Santa Rosalía. Tendrá carácter abierto y se podrá votar de 18 a 21 horas. Esta convocatoria estará sujeta a las medidas sanitarias y restricciones vigentes en ese momento.

-Previamente, a las 17 horas, en el mismo lugar, se celebrará Cabildo de Cuentas y Actividades.

 

CANDIDATOS A LA JUNTA DE GOBIERNO

– Queda abierto el periodo de presentación de candidatos, que se inicia el 15 de abril de 2021 y se cerrará el 17 de mayo de 2021 a las 20:00 horas, día previo al Cabildo de Proclamación de Candidatos, que tendrá lugar el 18 de mayo de 2021.

– Pueden ser CANDIDATOS los hermanos y hermanas mayores de dieciocho años de edad, con una antigüedad como hermano de al menos tres años, excepto para los cargos de Hermano Mayor y Teniente de Hermano Mayor, que tendrán como condiciones ser mayor de treinta años y llevar cinco años, como mínimo, de pertenencia a nuestra Hermandad. No será compatible el desempeño de algún cargo en la Junta de Gobierno con cualquier cargo directivo en otra Hermandad o Cofradía de la misma naturaleza. Igualmente se requieren los siguientes requisitos de acuerdo con nuestras Reglas y las Normas Diocesanas:

1. Distinguirse por su vida cristiana personal, familiar y social, así como por su vocación apostólica.

2. Residir en un lugar desde el que le sea posible cumplir con la misión que requiera el cargo.

3. Presentar con su candidatura copia del Documento Nacional de Identidad o documento oficial equivalente, en el caso de extranjeros, certificado actualizado de bautismo, declaración jurada de encontrarse en situación familiar regular y, en su caso, certificado de matrimonio canónico.

4. Seguir los programas de formación, especialmente aquellos orientados a completar la Iniciación Cristiana, organizados por la Delegación Diocesana de Hermandades y Cofradías.

5. No podrá ser miembro de la Junta de Gobierno quien desempeñe cargo de dirección o responsabilidad en sindicato, organización o partido político, o de autoridad civil ejecutiva o legislativa, en cualquiera de sus niveles.

– Los candidatos que se presenten deberán entregar toda la documentación mediante escrito dirigido a la Secretaría de la Hermandad, en el plazo anteriormente indicado, de lunes a jueves, y en horario de 19:00 a 20:30 horas. La Secretaría expedirá la certificación pertinente de dicha presentación.

– Una vez proclamados los candidatos en el Cabildo de Oficiales que se celebrará el 18 de mayo de 2021, aquellos que opten al cargo de Hermano Mayor, en un plazo no superior a tres días, deberán formar sus candidaturas completas, en las que constará el candidato que ocuparía cada uno de los cargos de la Junta de Gobierno en el caso de salir elegida y presentarla en dicho plazo en la Secretaría de la Hermandad. Para que la proclamación de un candidato sea efectiva, deberá quedar integrado en alguna de las candidaturas que se formen.

-Si hubiera más de un candidato a Hermano Mayor que deseara ejercer su derecho a dirigirse a los hermanos con una comunicación para informarles, a título particular, se efectuará un solo envío conteniendo las comunicaciones de todos los candidatos en idéntico y único formato, que facilitará la Comisión Electoral. El envío será coordinado por dicha Comisión y la Secretaría de la Hermandad.

 

CENSO ELECTORAL

De otra parte, son ELECTORES todos los hermanos con dieciocho años cumplidos en el día que se celebre el Cabildo de Elecciones y que tengan, al menos, un año de antigüedad en nuestra Hermandad para esa fecha.

– En el mismo periodo y horario (del 15 de abril al 17 de mayo, de lunes a jueves, y de 19:00 a 20:30 horas), y en nuestra casa Hermandad, cada hermano podrá consultar personalmente su inscripción en el Censo para corrección de errores y omisiones.

-Los hermanos que no estén incluidos en el Censo Electoral definitivo no podrán ejercer su derecho a voto.

 

VOTO POR CORREO

– Solo podrán ejercer su derecho a voto mediante emisión por correo los hermanos que por enfermedad o por residir fuera de la localidad de Sevilla se vieren imposibilitados de asistir al Cabildo General de Elecciones:

1. Las papeletas de cada una de las candidaturas y la papeleta en blanco, así como los sobres necesarios para emitir el voto por correo, le serán facilitados por la Comisión Electoral a aquellos hermanos que lo hubieran solicitado enviando el impreso adjunto (por correo postal a la dirección: Hermandad Sacramental de la Soledad, C/ Martínez Montañés, 19-21, 41002 Sevilla o por correo electrónico escaneando dicho impreso firmado, a secretaria@hermandaddelasoledad.org ). Dicha solicitud deberá estar en poder de la Comisión Electoral con una antelación mínima de un mes a la fecha señalada para el Cabildo de Elecciones; es decir, antes del 24 de mayo.

2. Para poder votar por correo deberá constar en el Censo de la Hermandad, el Documento Nacional de Identidad o documento oficial equivalente, en el caso de extranjeros.

3. Los enfermos tendrán que justificar su imposibilidad de asistencia al Cabildo por medio de un certificado médico oficial, expedido expresamente.

4. Se considerará que un hermano tiene residencia fuera de la localidad de Sevilla, cuando así conste en el Censo de la Hermandad.

5. La emisión del voto por correo se hará mediante una papeleta de votación en sobre cerrado. Dicho sobre, a su vez, vendrá dentro de otro en el que deberá incluirse fotocopia del Documento Nacional de Identidad en todos los casos y para los de enfermedad -además- el certificado médico oficial. En el remite de este sobre se consignará con claridad el nombre y apellidos del votante y debe ser enviado por correo certificado con acuse de recibo desde una oficina de Correos de la misma localidad donde aparece censado el hermano y desde donde se ha emitido el voto.

6. Los votos por correo deberán estar en poder de la Comisión Electoral veinticuatro horas antes de comenzar el Cabildo General, levantándose acta, que firmarán el Secretario Primero y los Fiscales en presencia de los miembros de la Comisión Electoral, dando su visto bueno el Hermano Mayor.

– El proceso electoral será supervisado por la Comisión Electoral nombrada al efecto.

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